Soy Antonio Rodas, abogado penalista, y la prevaricación es el delito que más miedo infunde a quien firma resoluciones públicas: alcaldes, concejales, funcionarios con firma. La buena noticia técnica es que su umbral es alto: el art. 404 no castiga la resolución ilegal, sino la arbitraria dictada a sabiendas de su injusticia —la que no resiste interpretación jurídica alguna—.
Defiendo a cargos y empleados públicos frente a querellas de prevaricación, muchas nacidas de la confrontación política local, y asesoro preventivamente a quienes deben firmar decisiones comprometidas. En toda España.

Tres elementos acumulativos: una resolución en asunto administrativo (no meros informes o actos de trámite sin contenido decisorio), su carácter arbitrario —no simplemente ilegal, sino insostenible bajo cualquier interpretación razonable del derecho— y el dolo: dictarla a sabiendas de su injusticia. La pena es inhabilitación especial para empleo o cargo público de 9 a 15 años, sin prisión en el tipo común, aunque las prevaricaciones específicas (urbanística del art. 320, ambiental del 329) sí añaden prisión.
Ese triple filtro es la defensa natural: la jurisprudencia repite que el derecho penal no es una segunda instancia contencioso-administrativa, y que las ilegalidades se anulan en esa jurisdicción, no se castigan en la penal salvo arbitrariedad flagrante y consciente.
El catálogo real es reconocible: contrataciones fraccionadas o adjudicadas a dedo, licencias contra informes técnicos, nombramientos sin procedimiento, resoluciones dictadas contra advertencias expresas de secretaría o intervención. El elemento decisivo suele ser documental: qué informes tenía delante quien firmó. Resolver contra informes desfavorables sin motivación alternativa alimenta el dolo; resolver con informes favorables, aunque luego se anule la resolución, lo desmonta.
Una parte notable de las querellas por prevaricación son munición de la confrontación política local. Los tribunales lo saben y filtran con rigor en la admisión: querellas genéricas, sin resolución concreta identificada o construidas sobre discrepancias de gestión, se archivan. Como defensa, ese filtro se activa desde el primer escrito; como acusación seria, se supera identificando la resolución, la norma insoslayable vulnerada y el conocimiento del autor.
Si te querellan por prevaricación: localiza inmediatamente el expediente completo de la resolución cuestionada, con todos los informes previos y su sentido; reconstruye la motivación que tuviste —aunque no constara por escrito, testigos y antecedentes ayudan—; y no resuelvas nada nuevo relacionado con el mismo asunto sin blindaje técnico.
Prevención para quien firma: pide informes por escrito antes de decisiones comprometidas, motiva expresamente cuando te separes de ellos y deja rastro documental de las razones. La prevaricación se comete y se desmonta en el expediente.
Estas figuras aparecen con frecuencia conectadas en una misma causa o como calificaciones alternativas. Consulta también: