
Soy Antonio Rodas, y como abogado penalista especializado en delitos de simulación de delitos, puedo ayudarte a conseguir el mejor resultado posible en tu caso.
Sé lo difícil que puede ser enfrentarse a un proceso penal por delitos de simulación de delitos. Las implicaciones pueden ser graves, afectando a todos los aspectos de tu vida, desde tus relaciones personales hasta tu carrera profesional.
Sin embargo, no tienes por qué enfrentarte a esto solo. Como experto en este campo del derecho penal, tengo la experiencia y conocimientos necesarios para defender tus derechos y luchar por la mejor resolución de tu caso.
Antes de tratar los delitos de simulación de delito, conviene precisar su concepto. La simulación de delito consiste en fingir ante la autoridad la existencia de una infracción penal que en realidad no ha ocurrido, o en simular ser responsable o víctima de ella, provocando con ello la apertura de actuaciones procesales.
A diferencia de la denuncia falsa, la simulación de delito no imputa el hecho a una persona concreta, sino que pone en marcha la maquinaria judicial sobre la base de unos hechos inexistentes.
Los delitos de simulación de delito se cometen cuando una persona, ante un funcionario judicial o administrativo con el deber de investigar, simula ser responsable o víctima de una infracción penal, o denuncia una inexistente, y con ello provoca actuaciones procesales.
Esta conducta está tipificada en el Código Penal español en el artículo 457, dentro de los delitos contra la Administración de Justicia. Se castiga con pena de multa, y puede agravarse cuando se comete como medio para cometer otros delitos.
Estos procedimientos suelen girar en torno a la realidad de los hechos denunciados y a la intención del denunciante. Acreditar o desvirtuar la existencia del hecho y la provocación de actuaciones procesales requiere una defensa técnica precisa.
Como abogado penalista, estudio cada caso para valorar si concurren todos los elementos del tipo, si la denuncia llegó a provocar actuaciones procesales y qué estrategia ofrece la mejor resolución para el cliente.

El Código Penal contempla varias formas de simulación de delito. Las principales son:
Quien, ante la autoridad, se atribuye falsamente la comisión de una infracción penal que no ha cometido, simulando ser responsable de ella, incurre en la conducta del artículo 457 del Código Penal.
Fingir haber sido víctima de un delito que en realidad no se ha producido, provocando la apertura de diligencias, constituye igualmente una modalidad de simulación de delito.
Presentar ante la autoridad la denuncia de un delito que nunca ha sucedido, sin atribuirlo a una persona determinada, completa las conductas típicas de este delito contra la Administración de Justicia.
La simulación de delito se castiga con pena de multa, cuya extensión fija el tribunal en atención a las circunstancias del caso. Cuando la simulación se utiliza como medio para cometer otro delito, como una estafa a una compañía de seguros, puede apreciarse un concurso de delitos y aplicarse la pena del delito más grave en su mitad superior. A ello se añaden la responsabilidad civil y los antecedentes penales.
La prueba es un elemento determinante en estos procedimientos. A continuación, algunas de las pruebas más habituales:
El contenido de la denuncia o atestado y las diligencias practicadas permiten contrastar los hechos relatados con la realidad investigada.
Informes policiales, grabaciones de seguridad y comprobaciones que acreditan si el hecho denunciado llegó o no a producirse.
Partes, peritajes o documentos que pueden revelar incoherencias entre lo denunciado y lo efectivamente ocurrido.
Declaraciones de personas presentes que aportan datos sobre la veracidad o falsedad de los hechos puestos en conocimiento de la autoridad.